Factura electrónica B2B: Ley Crea y Crece
La Ley 18/2022 (Crea y Crece) obliga a que todas las facturas entre empresas y profesionales sean electrónicas. El Real Decreto 238/2026 fija cómo: la factura viaja como datos estructurados en Facturae, UBL, CII o EDIFACT, y un PDF por email deja de valer como factura. También tendrás que comunicar cuándo cobras o pagas una factura entera, para sacar a la luz la morosidad. La Agencia Tributaria ofrece una solución pública gratuita, y la Orden HAC/1028/2026 puso en marcha los plazos el 6 de octubre de 2026.
Quién tiene que cumplirla
Afecta a empresas y autónomos que facturan a otras empresas o profesionales. Las empresas con más de 8 millones de euros de facturación empezarán previsiblemente 12 meses después del 6 de octubre de 2026, y el resto a los 24 meses. Las ventas a particulares y las facturas simplificadas (tickets) quedan fuera, salvo las cualificadas. La AEAT no ha publicado aún los días exactos de inicio en las páginas que revisamos.
Fechas clave
- 29 sept 2022Se publica la Ley 18/2022 (Crea y Crece): su artículo 12 obliga a facturar en electrónico entre empresas, a falta de reglamento.
- 31 mar 2026El BOE publica el Real Decreto 238/2026 con las reglas técnicas. Entra en vigor el 20 de abril de 2026, pero las obligaciones esperan a una orden ministerial.
- 6 oct 2026Entra en vigor la Orden HAC/1028/2026 sobre la solución pública gratuita de Hacienda, al día siguiente de salir en el BOE. Empiezan a contar los plazos de 12 y 24 meses.
- oct 2027Inicio previsto para empresas con más de 8 millones de euros de facturación: 12 meses después de la entrada en vigor de la orden.
- oct 2028Inicio previsto para el resto de empresas y autónomos: 24 meses después de la entrada en vigor de la orden.
Herramientas que la cumplen
Cita Facturae, UBL, CII y EDIFACT, y dice que se actualizará a la norma B2B, con los estados de aceptación y de pago.
Emite facturas Facturae firmadas y te avisa de si tu cliente las ha recibido. Su página aún cita fechas B2B antiguas.
Crea facturas Facturae para la Administración y las envía a FACe. Dice que el programa se actualiza solo según llegue la norma B2B.
Preguntas
¿Puedo seguir mandando facturas en PDF por email?
Hasta tu fecha de inicio, sí. Después, la factura tiene que ser un archivo estructurado en Facturae, UBL, CII o EDIFACT. Durante sus primeros 12 meses, las empresas de más de 8 millones de euros deben añadir además un PDF legible, salvo que el cliente acepte el formato original. Un PDF solo deja de ser una factura B2B válida.
¿Tengo que pagar un programa?
No. El real decreto dice que el acceso a la solución pública de facturación de la AEAT es gratuito, y Hacienda debe abrirla al menos dos meses antes de las primeras obligaciones. Funciona en UBL y puede intercambiar facturas con plataformas privadas. Aun así, muchos autónomos preferirán su programa habitual, si se conecta al nuevo sistema.
¿Qué es eso de comunicar el estado de pago?
Cuando recibes una factura, le dices al emisor si la aceptas o la rechazas y cuándo la pagas entera. El artículo 12 del real decreto te da hasta 4 días naturales desde el pago, sin contar sábados, domingos ni festivos nacionales. Los autónomos y las empresas de menos de 8 millones de euros tienen 12 meses más antes de que estas obligaciones les apliquen. La idea es ver quién paga tarde.
¿Es lo mismo que Verifactu?
No, son dos normas distintas y tendrás que cumplir ambas. Verifactu regula el programa que registra tus facturas y puede enviar cada registro a Hacienda. La factura electrónica B2B regula el formato y la entrega de la factura a tu cliente, además del estado de pago. Pregunta a tu proveedor por cada una, porque un buen programa debería cubrir las dos.
¿Me afecta si solo vendo a particulares?
No. La obligación cubre las facturas entre empresas y profesionales, así que las ventas a particulares quedan fuera. Las facturas simplificadas, los tickets de caja, también, salvo las cualificadas. Si vendes a particulares y a empresas, solo cambian las facturas a empresas y autónomos.
Fuentes oficiales
- BOE: Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (texto consolidado)
- BOE: Real Decreto 238/2026, sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales
- BOE: Orden HAC/1028/2026, solución pública de facturación electrónica
- Agencia Tributaria: Facturación electrónica obligatoria (nota de 31 de marzo de 2026)



